Morelia, Michoacán, 23 de septiembre de 2026.- Por unanimidad, el Pleno de la 76 Legislatura del Congreso del Estado votó a favor de reformar la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública con la finalidad de regular el registro, balizamiento y el uso de las cromáticas, marcas y escudos de sus inmuebles, vehículos, equipos, uniformes, insignias, placas, distintivos, medallas, gafetes, escudos o cualquier otra identificación, que sean destinados a las funciones de seguridad pública.
En Sesión Extraordinaria las y los diputados aprobaron adicionar el segundo y tercer párrafo al artículo 34; reformar el artículo 117, la fracción XI del artículo 123 y el primer párrafo y la fracción II del artículo 157, de la citada ley.
De acuerdo con la modificación jurídica, en el Artículo 34 quedó establecido que los servidores públicos de las instituciones de Seguridad Pública se abstendrán de utilizar armamento, vehículos y equipos, sin tener el registro, placas de circulación, balizaje, siglas, numeración, color, escudo y cualquier otro elemento que permita su identificación oficial y pública.
“El incumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo será sancionado conforme en lo previsto por el Código Penal para el Estado de Michoacán, con independencia de las responsabilidades administrativas que las conductas produzcan”, establecieron los legisladores.
