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mayo 29, 2026
AGENCIA MICH

Sandra Arreola presenta iniciativa para garantizar intérpretes de Lengua de Señas en los Servicios de Salud de Michoacán

  • ⁠La propuesta busca eliminar barreras de comunicación que afectan a más de 56 mil personas con discapacidad auditiva en el estado, asegurando una atención médica efectiva y sin discriminación

Morelia, Michoacán, a 26 de abril de 2025.- En el marco de sus funciones legislativas, la diputada del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), Sandra Arreola Ruiz, presentó una iniciativa con proyecto de decreto para reformar la Ley de Salud del Estado de Michoacán de Ocampo y la Ley para la Inclusión de las Personas con Discapacidad en el Estado, con el objetivo de garantizar la disponibilidad permanente de intérpretes de Lengua de Señas Mexicana o mecanismos alternativos eficaces en todos los servicios de salud públicos y privados.

La legisladora subrayó que, si bien el derecho a la protección de la salud está reconocido en el artículo 4° constitucional bajo los principios de universalidad, accesibilidad, calidad y no discriminación, en la práctica las personas con discapacidad auditiva enfrentan graves barreras de comunicación al acudir a consultas, hospitalización o urgencias médicas, lo que deriva en diagnósticos incorrectos, tratamientos inadecuados e incluso la negación del servicio.

“En Michoacán se estima que hay más de 56 mil personas con discapacidad auditiva. La falta de mecanismos adecuados de comunicación no solo vulnera su derecho a la salud, sino que constituye una forma de discriminación indirecta”, afirmó Arreola Ruiz.

La diputada recordó que la Lengua de Señas Mexicana es reconocida como lengua nacional y forma parte del patrimonio lingüístico de México. Además, el país es parte de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, cuyo artículo 25 obliga a los Estados a asegurar el acceso a servicios de salud sin discriminación, incluyendo medios de comunicación adecuados.

Pese a ello, la legislación vigente carece de obligaciones claras y operativas que garanticen la disponibilidad de intérpretes en los momentos críticos de la atención médica. Por ello, la iniciativa propone:

PRIMERO: Adicionar el artículo 15 quater a la Ley de Salud del Estado de Michoacán, que obliga a las instituciones de salud públicas y privadas a garantizar la accesibilidad en la comunicación mediante intérpretes certificados de Lengua de Señas Mexicana o mecanismos alternativos eficaces (presenciales o tecnológicos), con prioridad en urgencias, consultas y hospitalización.

SEGUNDO: Reformar la fracción IX y adicionar la fracción X al artículo 25 de la Ley para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, para armonizar ambas leyes y establecer la obligación explícita de garantizar dicha accesibilidad en todos los servicios de salud.

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