abril 17, 2026
AGENCIA MICH

Aprueba 76 Legislatura reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial de Michoacán

Establece la distribución de las Salas Civiles Colegiadas en siete regiones judiciales

Morelia, Michoacán; a 13 de diciembre de 2024.- Las y los diputados integrantes de la 76 Legislatura aprobaron reformar la Ley Orgánica del Poder Judicial de Michoacán, a fin de modificar la distritación judicial de primera instancia y establecer las regiones judiciales en que se incorporarán las Salas Civiles Regionales Colegiadas del Supremo Tribunal del Estado.

En sesión extraordinaria, los y las legisladoras locales reformaron el artículo 36 y adicionaron el 36 Bis a la Ley en mención, modificaciones necesarias para contemplar a las Salas Regionales Colegiadas en Materia Civil, su integración, su funcionamiento y su competencia ya que los magistrados integrantes de dichas salas serán parte integrante del Pleno del Supremo Tribunal de Justicia del Estado.

Lo anterior, de acuerdo a la reforma constitucional en materia del Poder Judicial, aprobada el pasado mes de noviembre por el Congreso local, en la cual se modificó el esquema de las Salas Civiles, pasaron de ser unitarias a colegiadas y especializadas por regionalización.

En este sentido, se agregan los municipios de Carácuaro y Nocupétaro al Distrito Judicial de Huetamo, anteriormente asignados a Tacámbaro; lo que, facilitará el acceso a la justicia a las personas usuarias a la región que le corresponde a este distrito, así como garantizar su derecho al voto, al optimizar el proceso electoral que va de la mano con el diseño orgánico del Poder Judicial.

Las Salas Civiles Colegiadas del Supremo Tribunal de Justicia del Poder Judicial se distribuirán en siete regiones judiciales: 1. Apatzingán, que se integrará con los distritos judiciales de Apatzingán, Ario y Coalcomán; 2. Lázaro Cárdenas, integrada con los distritos judiciales de Arteaga, Coahuayana y Lázaro Cárdenas; 3. Morelia, que se conforma con los distritos judiciales de Morelia, Pátzcuaro y Zinapécuaro.

Así como, la región de Uruapan, conformada por los distritos judiciales de Los Reyes, Tacámbaro y Uruapan; 5. La Piedad, integrada por los distritos judiciales de Jiquilpan, La Piedad, Puruándiro, Tanhuato y Sahuayo; 6. Zamora, constituida con los distritos judiciales de Zacapu y Zamora; y, 7. Zitácuaro, que abarca los distritos judiciales de Hidalgo, Huetamo, Maravatío y Zitácuaro; cada región judicial funcionará con una sala civil colegiada, con excepción de la región Morelia que funcionará con dos.

Finalmente, el Pleno del Poder Legislativo concluyó que la adecuación legal no contradice los principios y postulados contenidos en la reforma constitucional en materia del Poder Judicial ni las leyes electorales en la materia, al contrario, se crea un marco normativo que dota de certeza y seguridad jurídica a las personas que aspiren a un cargo de elección para fungir como magistradas o magistrados de las salas civiles regionales.

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